El dinero descontado a los trabajadores afiliados a la ONP y también el dinero descontado a los trabajadores afiliados a las AFP, que no fue depositado ni en la AFP de destino o en la ONP –según cada caso individual- representa una cifra incalculable hasta el momento y lo peor de todo, podría en gran parte ser incobrable.
Uno de cada tres afiliados tendría en sus Estados de Cuenta cobranzas a su favor aún vigentes, pero otros, habrían perdido esa posibilidad por la prescripción de las deudas, que en realidad no son sólo deudas, sino un robo al dinero que no les pertenece a los empleadores, sino a los trabajadores.
La acción de cobro –por las AFP en el sistema privado de pensiones y por la SUNAT en la ONP o sistema de nacional de reparto- estaría en un limbo o péndulo entre la prescripción de la deuda y la inexistencia de empresas responsables del delito.
Y el otro enfoque es que se trata de un robo evidente, apropiación ilícita de dinero destinado a las pensiones. Entonces, debe informarse si se notificó a cada uno de los afiliados a las AFP y ONP que están siendo afectados hace años de años, si pueden, cada uno, solos o con asesoría de sus administradores de pensiones, hacer las demandas penales o la ONP y las AFP ya las hicieron por ellos, en defensa de sus aportes. No lo sabemos.
En suma, no sólo se trata de saber cuántas demandas civiles se han iniciado y el curso que siguen hasta ahora, sino cuántos funcionarios, gerentes o autoridades (gobernadores regionales, alcaldes, ministros, vice ministros en el caso que corresponda) han sido procesadas penalmente por usar el dinero de los afiliados a las AFP y la ONP, para otros fines distintos al tema previsional.
Se especula que son más de 200 mil juicios pendientes de resolución para la cobranza y no sabemos si esos procesos judiciales han prescrito.
Es más, si tomamos en cuenta el artículo 37 del DS-054-97-EF que señala que si una AFP, de manera negligente no inicia de manera oportuna el proceso de cobranza de adeudo a los empleadores, debería constituir provisiones por los montos dejados de cobrar, a fin de cautelar el derecho del afiliado.
La vigencia de esta norma esperemos que esté presente en la actualidad y no que por sorpresa y presiones de grupos de interés político y financiero se haya derogado, en cuyo caso habría que señalar y también procesar a los responsables de esa decisión.
Miles de trabajadores inician con angustia la Jubilación Legal o la Jubilación Anticipada y se ven con la sorpresa que sus antiguos empleadores no pagaron lo que les descontaron para sus pensiones. Millones de trabajadores han recurrido al retiro de sus ahorros previsionales para subsistir, para sobrevivir frente a la pandemia y la falta de gobierno que seguimos teniendo, donde la ineptitud del Estado hace que los ciudadanos y sus familias vendan lo que tienen, extingan sus ahorros, en reemplazo de la insensibilidad y arrogancia de los que gobiernan, por dar soluciones sostenibles.
Pero el escándalo es que van a ver sus ahorros y faltan millones en las cuentas, y si retiran dinero ¿Se hace efectivo el reconocimiento de la pérdida? No hay respuestas de nadie, menos de los políticos.
Las empresas donde les descontaron a millones de trabajadores ya no existen, los locales y oficinas tampoco, cambiaron de razón social, de accionistas, de dirección. Estafaron o quebraron, delinquieron o desaparecieron, pero ¿Devolvieron esa ilícita apropiación?
Si una persona deja de trabajar, parece increíble que la ONP y las empresas administradoras de fondos de pensiones no se den cuenta que el afiliado dejó de aportar, siendo “ese” el momento de una alerta de aportes en la cual las AFP y la ONP deben comunicarse con las empresas y con sus afiliados o sino dedicarse a revisar con SUNAT si se ha dado de baja al trabajador para informarle sobre su situación laboral y previsional, porque inclusive ese abandono de contacto perjudica en los temas de sobrevivencia si el afiliado no está al día en sus cotizaciones.
Esa identificación contable debió ser y tiene que ser una prioridad y parece que no lo fue y que ahora tampoco es así.
No puede decirse que no se inició una demanda porque el trabajador recién descubrió que en la empresa pública o privada donde trabajaba le robaban su dinero, así no funciona un proceso previsional transparente.
Por eso es conveniente saber –adicionalmente a esta falla en los procesos de alerta y cobranza – si las deudas previsionales han prescrito, porque si eso es así, sería una condena a miles de pensionistas no sólo de jubilación, sino de viudez, orfandad e invalidez inclusive.
Se necesitan respuestas ahora, no mañana. Y la SBS debe dejar de tener un silencio que nadie entiende y a muchos nos sorprende, porque no están actuando en nuestra opinión, en defensa del cliente financiero.