Transcribimos textualmente un comunicado de la Junta Nacional de Justicia, referido a una acusación constitucional presentada por el congresista Jorge Montoya, vocero de la bancada Renovación Popular, denuncia dirigida contra los siete miembros de la Junta Nacional de Justicia JNJ por una decisión que tomaron en el 2020 y por la cual el Congreso acordaría pedir que sean destituidos de sus cargos.
“La acusación es contra Imelda Tumialán Pinto, Aldo Vásquez Ríos, Henry Avila Herrera, Antonio De La Haza Barrantes, María Zavala Valladares, Guillermo Thornberry Villarán y Luz Tello De Ñecco por supuestamente haber vulnerado artículos de la Constitución y haber cometido delitos. Jorge Montoya señala que los miembros de la JNJ cometieron un acto ilícito al publicar el 23 de octubre del 2020 una resolución para supuestamente favorecer de forma indebida a una sus integrantes, Inés Tello, para que permanezca en las filas de la junta pese a tener más de 75 años” reseña el diario El Comercio.
El texto completo a continuación:
Estando los miembros de la JNJ bajo el régimen laboral de la Ley del Servicio Civil, se solicitó en su oportunidad la opinión técnica de SERVIR, ente rector de la administración de personal público en el Perú, el mismo que se pronunció señalando lo siguiente: “De las causales establecidas en el artículo 18 de la LOJN no se advierte ninguna relacionada a la edad del miembro de la Junta Nacional de Justicia. Por tanto, el rango etario señalado en el numeral 3 del artículo 156 de la Constitución Política representa una condición de acceso al cargo, más no un límite que acarree la vacancia del mismo”.
Los miembros de la JNJ somos respetuosos de los procedimientos parlamentarios. No obstante, en armonía con las recientes recomendaciones dirigidas al Estado peruano por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, en su informe del 23 de abril último, nos permitimos invocar a la representación nacional, al igual que a todos los poderes públicos y organismos constitucionales autónomos, contribuir en “reforzar y fortalecer la confianza de la ciudadanía en el Estado a partir de la separación e independencia práctica, real y efectiva de los poderes públicos, entes de control y del Sistema Electoral”.