Gustavo Francisco Petro Urrego, Iván Velásquez Gómez, y Luz Adriana Camargo Garzón tienen en común algo igual de despreciable a hacer parte del desgobierno más corrupto y criminal de los que ha habido en la historia de Colombia: estas personas también concurren en estar DENUNCIADOS PENALMENTE ante la justicia ordinaria de Guatemala por violar de manera grave, intencional, consciente y sistemática algunos de los DERECHOS HUMANOS de ciudadanos guatemaltecos, así como por cometer contra estos mismos ciudadanos CRÍMENES DE LESA HUMANIDAD.
Aunque el aún impune CRIMINAL DE LESA HUMANIDAD Petro Urrego cometió atrocidades en representación de la derrotada pandilla narco paramilitar de la izquierda colombiana M-19, en tanto que Velásquez Gómez y Camargo Garzón hicieron lo suyo en representación de la desprestigiada organización de las naciones unidas (ONU), los tres (3) coinciden en sus delirantes propósitos de imponer una verdad burlando las leyes y “ajustando” la justicia para que sirva a sus enfermizos intereses.
No obstante y que el aún impune prontuario criminal de Petro Urrego contra el ciudadano guatemalteco Aquiles Pinto (víctima de secuestro extorsivo en Colombia el 27 de Febrero 1980 y durante 61 días mientras fungía como Embajador acreditado de la República de Guatemala en Colombia) supera con creces aquel de los representantes de la ONU en Guatemala cuando fungieron como “miembros” de la nefasta CICIG (comisión internacional contra la impunidad en Guatemala), estos tres peligrosos sujetos tienen en común haber cometido varias de las más infames atrocidades conforme lo establece el Derecho Internacional Humanitario (DIH).
Tanto Petro Urrego como Velásquez Gómez y Camargo Garzón violaron a sus víctimas los siguientes Derechos Humanos Universalmente proclamados en 1948 (ni el resaltado ni el subrayado están en el texto transcrito):
“2. Todas las personas somos iguales sea cual sea nuestro origen, etnia, color, sexo, idioma, religión, opinión política o cualquier otra condición.”
“10. Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado.”
“11. Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para la determinación de sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquier acusación contra ella en materia penal.”
“13. Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación.”
“19. Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión.”
“20. Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión.”
“30. Nada en esta Declaración podrá interpretarse en el sentido de que confiere derecho alguno al Estado, a un grupo o a una persona, para emprender y desarrollar actividades o realizar actos tendientes a la supresión de cualquiera de los derechos y libertades proclamados.”
Independiente de si se creen “iluminados revolucionarios de la etnia cósmica”, o “intocables superhéroes de la infalible ONU”, o “delegados divinos” del mismísimo pontífice Bergoglio, el Artículo 30 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos establece claramente que nadie, en nombre de nada, puede violar esos derechos humanos a persona alguna, punto.
Es un hecho que tanto el del M-19 como los de la ONU (CICIG), a su manera y en la medida que les ha sido posible, tratan de manera diferente a quienes tienen opinión política contraria a la de ellos, detienen de manera arbitraria a quien se les antoja, aplican una “justicia” amañada a sus víctimas de manera abusiva, parcializada y oscura, intencionalmente afectan la honra y reputación de sus víctimas entrometiéndose en sus vidas privadas, y pretenden limitar y coaccionar la libertad de pensamiento, de opinión y de expresión de sus víctimas. Por todo esto, además de ser infames, son unos muy peligrosos violadores de derechos humanos que no deben seguir libres, mucho menos ocupando cargos públicos en nación alguna.
Considerando que no tengo conocimiento de los cargos que la justicia de Guatemala ha imputado a Velásquez Gómez y a Camargo Garzón, quiero sugerir respetuosamente que se aseguren de imputarles las violaciones a los derechos humanos universalmente proclamados enumeradas líneas atrás, pues así evitarán que prescriban los tiempos procesales y queden impunes esos infames.
Adicionalmente, y sin que sean excluyentes, tanto Velásquez Gómez como Camargo Garzón son unos aún impunes criminales de lesa humanidad por cuanto sus conductas encajan dentro de estas atrocidades. Para el Derecho Internacional Humanitario (DIH), son considerados CRÍMENES DE LESA HUMANIDAD los siguientes comportamientos:
- La detención ilegal,
- La persecución por motivos políticos, raciales, o religiosos en ejecución de aquellos crímenes.
- Las condenas dictadas y las ejecuciones sin previo juicio ante un tribunal legítimamente constituido.
Hermanos guatemaltecos, el Derecho Internacional Humanitario (DIH) nos brinda a los ciudadanos de bien del planeta la posibilidad de llevar a los estrados a todo criminal responsable de cometer atrocidades, independiente de si ocupa “altas dignidades”, pues no hay fuero ni plazo en el tiempo que los salve. Trabajemos de manera conjunta contra estos tres infames para hacer que prevalezcan la LEY, la VERDAD, y la JUSTICIA.
Ellos se creen intocables y blindados porque el capo desgobierna, el otro ocupa una cartera ministerial, y la otra “investigará” a la familia del capo y a los cómplices del capo. Penalmente conforman un muy llamativo “combo” de izquierdosos violadores de derechos humanos que una vez juzgados, condenados y apresados, permitirá sentar precedente en todo el continente.
Nota de Redacción: el presente artículo es autoría de François Cavard, y fue publicado originalmente en Prensa Digital (247prensadigital.com)