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Cuba: La represión llega a tal extremo que incluso la mera solidaridad está siendo perseguida y castigada

"Maykel Osorbo cumple una condena de 9 años de privación de libertad por su actividad artística, su activismo y su defensa de la canción Patria y Vida"

by Prisoners Defenders
12/08/2026
in Detector de Redes Sociales
Cuba: La represión llega a tal extremo que incluso la mera solidaridad está siendo perseguida y castigada
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En julio, el quinto aniversario del 11J no fue únicamente una fecha de especial vigilancia del disenso, sino el punto de partida de una nueva escalada represiva. Al cierre del mes, Prisoners Defenders documentó 1.327 prisioneros políticos en Cuba, tras incorporar 36 nuevos casos y registrar 15 bajas de la lista. Entre las personas actualmente documentadas hay 150 mujeres y 41 personas que fueron detenidas siendo menores de edad, 17 de los cuales permanecen recluidos en centros penitenciarios. Al cierre de julio, 459 presos políticos padecen patologías médicas graves.

La evolución del mes confirma el patrón advertido en junio, cuando, en vísperas del aniversario de las protestas del 11 de julio de 2021, las autoridades desplegaron una operativa de represión preventiva para neutralizar a ciudadanos con capacidad para informar, influir o movilizar a sus comunidades.

De los 36 casos incorporados a la lista en julio, 15 están vinculados con protestas por haber participado en ellas, documentarlas, respaldarlas o haber sido relacionados posteriormente con los hechos. Entre los casos documentados figura el de un niño de 13 años cuya madre denuncia que fue golpeado por agentes policiales y posteriormente recluido tras las protestas en Santiago de las Vegas.

La persecución tampoco se limitó a quienes salieron a las calles. Un periodista independiente fue liberado sin cargos, pero obligado a firmar un acta de advertencia, que podría ser utilizada para iniciar una causa por desobediencia conforme al artículo 189.3 del Código Penal, una figura que Prisoners Defenders denomina “Desobediencia Penal Precriminal”, y sometido posteriormente a vigilancia.

La represión llega a tal extremo que incluso la mera solidaridad está siendo perseguida y castigada. Aniley Martínez Ramírez fue encarcelada por llevar alimentos y productos básicos a la presa política Lizandra Góngora que, despojada y alejada en 2021 de sus entonces 5 hijos menores, fue privada hasta de sus visitas llevándola a la Isla de la Juventud.

La represión de julio también afectó a quienes ya cumplían condenas. Se ratificaron las penas de 14 y 13 años impuestas a Ana Ibis Tristá Padilla y Jarol Varona Agüero, pese a que ambos habían sido inicialmente absueltos por falta de pruebas.

Cinco años después del 11J, la prisión política y la tortura continúan siendo respuesta a la protesta, la denuncia pública, la creación artística, el periodismo o las iniciativas de organización cívica.

Un niño de 13 años golpeado y encarcelado tras las protestas

 Alex Javier Hernández González, de 13 años, fue detenido sin orden de arresto ni tutela judicial el 22 de julio de 2026 tras las protestas ocurridas en Santiago de las Vegas, Boyeros, La Habana.

Alex Javier se encontraba observando lo que sucedía e intentó alejarse al advertir la presencia de los agentes, pero fue alcanzado rápidamente. Durante la agresión, el menor suplicaba: “No me den más, soy un niño”.

Tras la detención, Alex Javier fue llevado a la estación policial de Calabazar. Según relató la madre de Alex Javier, los agentes policiales suspendieron su traslado al policlínico, donde debía elaborarse el certificado médico de las lesiones sufridas por el menor, con el espúreo argumento de que faltaba una firma.

El menor permanece en la prisión denominada “El Combinadito”, un centro penitenciario para menores administrado por el Ministerio del Interior en Guanabacoa. Su detención se produjo sin orden de arresto ni tutela judicial alguna, y Prisoners Defenders considera vulneradas las garantías especiales de protección que corresponden a un niño de 13 años.

Artistas detenidos por protestar y documentar los apagones

 Los artistas independientes y músicos Pedro Ernesto Farías, conocido como “El Feno”, y Rolando Almenteros, “El Bohemio”, fueron detenidos violentamente el 7 de julio de 2026 en el barrio Santos Suárez del municipio Diez de Octubre, La Habana, sin orden de arresto ni tutela judicial, por agentes de la Seguridad del Estado, en plena vía pública, por protagonizar y grabar un video difundido en redes sociales tras una protesta pacífica contra los apagones en el mencionado barrio.

En las imágenes grabadas, Rolando Almenteros aparece caminando con una bandera cubana sobre los hombros, reclamando una Cuba libre. Según la información recopilada, la detención de Pedro Ernesto Farías estuvo vinculada a la grabación del performance y a que acompañaba a su amigo.

Según las denuncias recibidas, Rolando fue golpeado fuertemente durante el arresto.

Pedro Ernesto Farías también permanece privado de libertad, aunque su lugar de reclusión no ha sido confirmado.

Represión digital y reclusión domiciliaria contra un creador de contenido

 Yoesbel Rodríguez del Pino,  @yoesbelcuba en redes sociales, de 41 años, es creador de contenido, informático, técnico en electrónica y realizador de sonido. Fue detenido el 29 de mayo de 2026 en su domicilio de Santa Cruz del Sur, provincia de Camagüey, durante un operativo de la Seguridad del Estado efectuado sin orden de registro ni de arresto, sin tutela judicial alguna.

Durante el registro de la vivienda, los agentes confiscaron su teléfono móvil, una computadora, una laptop, memorias USB, un disco duro externo, una cámara fotográfica y otros efectos personales. La incautación de sus dispositivos afectó directamente tanto su actividad profesional como su trabajo de creación y difusión de contenidos digitales.

Las autoridades lo investigan por el presunto delito de “Propaganda contra el orden constitucional”.

Activistas encarcelados por denunciar la crisis y convocar protestas

 La represión desplegada durante julio también alcanzó a activistas que denunciaban la crisis del país y promovían protestas ciudadanas pacíficas. Lumey Guzmán y Humberto Michael Gonzáles Zamora fueron detenidos en La Habana, sin orden de arresto ni tutela judicial, en apenas dos semanas de diferencia.

Lumey Guzmán, activista y creadora de contenido, residente en Alamar, fue detenida el 7 de julio de 2026, sin orden de arresto ni tutela judicial, después de acudir a una citación de la Seguridad del Estado en la unidad policial de ese reparto.

Tras presentarse en la unidad, no regresó a su domicilio. Según los últimos datos oficiales del CED que hemos podido contrastar, a 16 de septiembre de 2025 Cuba acumulaba 200 acciones urgentes registradas, la cuarta cifra más alta entre los Estados parte y, según el análisis de Prisoners Defenders sobre la autoría de los casos registrados, presenta la mayor concentración de desapariciones atribuidas directamente a agentes estatales.

El 15 de julio fue trasladada al centro de detención El Vivac, en Calabazar, municipio Boyeros, donde permanece en prisión provisional e incomunicada. Las autoridades la investigan por un presunto delito de “Desacato”, aunque sus allegados temen que también intenten imputarla por el delito de “Sedición” debido a sus llamados públicos a protestar pacíficamente.

Su hermano, Rodney Guzmán, denunció que la familia no ha podido visitarla ni entregarle alimentos. También informó que los contenidos de los perfiles digitales de Lumey fueron eliminados sin su conocimiento mientras ella permanecía privada de libertad, lo que, de confirmarse que fue realizado por las autoridades sin autorización, constituiría además una injerencia en su propiedad y sus comunicaciones digitales que se producen, según hemos documentado en Prisoners Defenders, de forma sistemática en Cuba.

Por su parte, Humberto Michael Gonzáles Zamora, delegado del Movimiento Democracia, fue detenido el 22 de julio de 2026, sin orden de arresto ni tutela judicial.

Las autoridades le atribuyen un presunto delito de “Tenencia de arma blanca” y aseguran que durante la detención encontraron un cuchillo en su mochila.

Gonzáles Zamora participaba activamente en convocatorias a protestas contra el Gobierno cubano.

Hasta el momento no se conocen más detalles sobre las circunstancias en las que se produjo el registro de su mochila, las pruebas incorporadas al expediente, ni la existencia de una acusación formal.

Detenida tras prestar ayuda a una presa política

 Aniley Martínez Ramírez fue detenida en junio de 2026 en la Isla de la Juventud, sin orden de arresto ni tutela judicial. Personas cercanas a ella sostienen que la detención está vinculada con la ayuda que brindaba a la presa política Lizandra Góngora Espinosa, a quien llevaba alimentos y otros productos básicos en la Prisión de Trabajo Forzoso Los Colonos.

Góngora Espinosa, activista y presa política, cumple una condena de 14 años por su participación en las protestas del 11 de julio de 2021 en Güira de Melena, Artemisa. Estas medidas agravan deliberadamente el aislamiento y el sufrimiento de Lizandra y afectan también a sus hijos y familiares, que encuentran crecientes obstáculos para mantener el contacto y prestarle asistencia.

La ayuda de Aniley resultaba especialmente importante para Lizandra debido a su delicado estado de salud, ya que padece anemia de células falciformes y un fibroma uterino que le provoca dolores y hemorragias, mientras, según las denuncias recibidas, las autoridades le niegan el tratamiento médico que necesita, una situación que Prisoners Defenders considera constitutiva de trato cruel y que agrava su estado de salud.

Prisoners Defenders insta a los movimientos y organizaciones feministas internacionales a pronunciarse públicamente sobre estos frecuentes casos en la isla y a reclamar la protección de las mujeres presas por motivos políticos en Cuba.

En este contexto, el arresto de Aniley trasciende su propia privación de libertad: al apartar a una de las personas que sostenían materialmente a Lizandra, las autoridades agravan también las condiciones de reclusión, el aislamiento y la vulnerabilidad médica de esta última.

Periodista excarcelado bajo advertencia y persecución de la prensa independiente

 Entre los nuevos casos de detención política documentados este mes figura el de Julio César Álvarez Marrero, periodista independiente residente en Holguín.

Álvarez Marrero fue detenido el 16 de junio de 2026, sin orden de arresto ni tutela judicial, después de acudir a una citación oficial.

Durante su reclusión inició una huelga de hambre que se prolongó al menos una semana.

En julio fue puesto en libertad sin cargos y sin que se abriera un proceso penal en su contra. El acta de advertencia y el seguimiento policial prolongan así el efecto intimidatorio de una detención que terminó sin cargo alguno, pero sí con una situación que puede describirse como una condena de facto.

Este nuevo caso se registra mientras otros periodistas independientes continúan cumpliendo largas condenas. José Gabriel Barrenechea Chávez, escritor y periodista privado de libertad desde las protestas contra los apagones de noviembre de 2024 en Encrucijada, Villa Clara, recibió en julio una nueva decisión adversa. En la misma resolución ratificó las penas impuestas a otros tres manifestantes juzgados por los mismos hechos: 8 años de privación de libertad para Yandri Torres Quintana, 7 años para Rafael Javier Camacho Herrera y 5 años para Rodel Bárbaro Rodríguez Espinosa.

A la persecución individual se suma la imposibilidad de ejercer legalmente el periodismo independiente.

El 28 de julio se publicó el Decreto 160/2026, vigente desde el 4 de agosto, que regula las actividades prohibidas o condicionadas para las empresas privadas, micro, pequeñas y medianas empresas privadas, las cooperativas no agropecuarias y trabajadores por cuenta propia. También prohíbe expresamente las actividades periodísticas fuera del sector estatal. La norma refuerza así el marco legal utilizado para impedir que los medios independientes obtengan reconocimiento jurídico, con el fin de que el régimen pueda hacer aún más férreos los impedimentos a la transmisión de información independiente y veraz.

La detención de Álvarez Marrero, la condena firme de Barrenechea y las restricciones del Decreto 160 muestran diferentes formas de presión sobre la prensa y los informadores independientes y muestran la creciente presión ejercida sobre la prensa y los informadores independientes mediante instrumentos policiales, penales y regulatorios: arrestos sin cargos, amenazas de futuros procesos penales, encarcelamiento prolongado y prohibiciones que impiden adquirir reconocimiento legal.

15 de los casos incorporados en julio están vinculados con protestas

 Entre los 36 casos incorporados a la lista este mes, 15 están vinculados con protestas, ya sea por respaldarlas o por encontrarse vinculados con ellas. La represión se concentró especialmente en el oriente y centro-oriente del país: 13 de estos 15 casos corresponden a Camagüey, Guantánamo, Holguín, Las Tunas y Santiago de Cuba.

Los otros dos se registraron en los municipios habaneros de Guanabacoa y Boyeros.

Los 15 casos están vinculados con manifestaciones y cacerolazos motivados por los prolongados apagones, la falta de agua y el deterioro general de las condiciones de vida. En varios casos, los operativos no se limitaron a quienes participaron directamente en las protestas, sino que alcanzaron también a personas que las documentaron, expresaron consignas, auxiliaron a manifestantes o fueron relacionadas posteriormente con los hechos o con su difusión.

Santiago de Cuba y Camagüey concentran el mayor número de encarcelamientos registrados, con cuatro casos cada una, seguidas de Guantánamo y Holguín, con dos respectivamente, y Las Tunas, con uno.

Camagüey: cuatro detenidos tras el cacerolazo del Oriente rebelde

 Lisbany Aguilera La Ó y su tío, Luís Alberto La Ó Ramírez, fueron detenidos junto con Raudel Ramírez Vázquez y Yoelkis Fonceca el 26 de julio de 2026, sin orden de arresto ni tutela judicial, un día después de un cacerolazo en la comunidad Oriente Rebelde, municipio Sibanicú, provincia de Camagüey.

Oriente Rebelde se encuentra a 19 kilómetros de la Carretera Central y atraviesa una situación crítica. Sus habitantes denuncian que reciben electricidad únicamente durante periodos de entre 30 y 45 minutos al día, deben transportar el agua en cubos y carecen de servicios adecuados de emergencia.

Tras la protesta, agentes de la Seguridad del Estado desplegaron un operativo en la localidad, citaron e interrogaron a varios vecinos y los amenazaron por haber participado en el cacerolazo o estar vinculados con él.

Lisbany, Luís Alberto, Raudel y Yoelkis permanecen recluidos provisionalmente en una unidad policial de Camagüey y habrían sido puestos a disposición de la Fiscalía. En Cuba, la Ley otorga amplios e irrestrictos poderes a la Fiscalía para aplicar medidas cautelares de privación de libertad sin que juez alguno conozca siquiera el nombre o caso del acusado.

Holguín: encarcelados por protestar tras más de 40 horas sin luz ni agua

Denio Jesús Rodríguez Moreno y Raúl Frómeta fueron detenidos sin orden de arresto ni tutela judicial el 13 de junio de 2026 en el municipio Mayarí, provincia de Holguín, después de un altercado que comenzó cuando Denio Jesús Rodríguez Moreno expresó consignas contra el Gobierno cubano, tras más de 40 horas sin electricidad ni suministro de agua.

Según nuestras fuentes, Rodríguez Moreno gritó “¡Abajo la dictadura!” Raúl Frómeta, Reimer Martínez y al menos otro joven conocido como “Michel” intervinieron en el incidente para proteger a Rodríguez Moreno.

Minutos después, agentes de la Seguridad del Estado acudieron al lugar y detuvieron a los presentes.

Los detenidos fueron trasladados inicialmente a la unidad municipal de la Policía y posteriormente ingresados en la prisión Playa Manteca, en Mayarí, donde permanecen en prisión provisional.

Guantánamo: 6 arrestos en la protesta contra los apagones y dos hermanos multados

Los hermanos Yeansg Carlos Pérez George, de 35 años, y Cristian Jesús Bergondo George, de 22 años, fueron detenidos la noche del 14 de julio de 2026, sin orden de arresto ni tutela judicial, durante una protesta espontánea contra los prolongados cortes de electricidad en el barrio Loma del Chivo, en Guantánamo.

Agentes de la Seguridad del Estado y de la Policía Nacional Revolucionaria acudieron al lugar, filmaron a los manifestantes y efectuaron al menos 6 arrestos. Además de los dos hermanos, fueron detenidos otros cuatro ciudadanos, cuando intentaban impedir que los agentes se llevaran a Yeansg Carlos y Cristian Jesús.

Tras su arresto, los hermanos permanecieron incomunicados en el centro de detención El Técnico, en Guantánamo.

Posteriormente, las autoridades intentaron atribuirles presuntas agresiones físicas contra agentes policiales. Yeansg Carlos y Cristian Jesús rechazaron esa acusación y sostuvieron que quienes discutieron con los policías fueron las mujeres presentes en la vivienda, mientras que ellos fueron arrestados por ser los únicos hombres que se encontraban allí. Ambos iniciaron una huelga de hambre para protestar contra su detención y las acusaciones formuladas en su contra.

Los hermanos fueron finalmente liberados tras la imposición de una multa de 2.000 pesos, sin que conste la celebración de un proceso judicial.

Condenas ratificadas tras una absolución por falta de pruebas

Las condenas contra los presos políticos Ana Ibis Tristá Padilla y Jarol Varona Agüero fueron ratificadas tras la resolución de sus recursos de casación. Ana Ibis deberá cumplir 14 años de privación de libertad por los supuestos delitos de “Propaganda contra el orden constitucional” y “Otros actos contra la seguridad del Estado”, mientras que Jarol fue condenado a 13 años por el segundo de estos delitos.

Ana Ibis Tristá Padilla, de 37 años, permanece recluida en la Prisión de Mujeres de Las Tunas, conocida como La Veguita, y Jarol se encuentra en la Prisión Provincial de Las Tunas, El Típico.

Ambos fueron detenidos en noviembre de 2023, sin orden de arresto ni tutela judicial, y permanecieron varios meses en prisión provisional.

Las acusaciones ahora se sustentaron en testimonios de oficiales de la Contrainteligencia y del Ministerio del Interior.

Prisoners Defenders denuncia que, tras no resultar suficientes las pruebas materiales en el primer proceso, la acusación se apoyó con posterioridad únicamente en testimonios de oficiales de la Contrainteligencia y del Ministerio del Interior, hasta desembocar en la condena de dos personas que habían sido previamente absueltas por insuficiencia probatoria, una ausencia de garantías que Prisoners Defenders ha documentado reiteradamente en procesos de naturaleza política en Cuba.

En relación con este último punto, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha venido pronunciándose sobre los riesgos de justificar condenas de cárcel exclusivamente con testigos funcionarios del Estado en aquellos supuestos en los que el Estado sea parte del procedimiento, inclusive mediante participación a través del Ministerio Público o Fiscal, en tanto que no deja de representar los intereses del Estado.

En aquellos casos en los que el Estado sea parte, los testimonios efectuados por funcionarios del Estado, no deberían constituir, so pena de incurrir en vulneración de Derechos Humanos, por sí mismos, un elemento probatorio suficiente como para concluir la privación de libertad de un acusado, máxime cuando el Partido Comunista de Cuba exige a los funcionarios públicos un estándar moral que les conmina a la discriminación del opositor político e impide contradecir la versión oficial dictada por el Gobierno.

En una comunicación realizada desde la prisión con Prisoners Defenders, Ana Ibis volvió a declararse inocente y denunció que su condena fue impuesta sin que se presentaran nuevas pruebas ni indicios.

Ana Ibis también afirmó a Prisoners Defenders que los integrantes del tribunal que inicialmente la absolvieron habrían recibido presiones de la Seguridad del Estado para modificar el desenlace del caso.

“No estamos muertos, y menos callados”, afirmó al referirse a los opositores encarcelados, al tiempo que pidió que su caso no quede impune ni sea olvidado.

Su estado de salud añade gravedad a la ratificación de la condena. En la comunicación más reciente confirmó además que su peso descendió de 69 a 58 kilogramos y que estaba sufriendo una recaída de sus dolencias.

Maykel Osorbo: traslado arbitrario y pronunciamiento de la CIDH

El 10 de julio se denunció que el artista y preso político Maykel Castillo Pérez, conocido como Maykel Osorbo y ganador, mientras permanecía en prisión, de dos Latin Grammy Latino por Patria y Vida – Canción del Año y Mejor Canción Urbana en 2021, y por quien Prisoners Defenders no ha localizado un solo pronunciamiento público explícito de The Latin Recording Academy que reclame su liberación a pesar de que Naciones Unidas reclama su liberación inmediata, había sido trasladado desde la prisión Kilo 8, en Pinar del Río, sin previo aviso a su familia ni información oficial sobre su destino.

Según la activista Anamely Ramos, funcionarios penitenciarios entraron en la galera donde se encontraba Maykel, le ordenaron recoger todas sus pertenencias y se lo llevaron sin ofrecerle explicación alguna. Durante casi 48 horas desconocieron su paradero, las razones del operativo y las condiciones en las que permanecía.

Finalmente, el propio artista logró comunicarse por teléfono con personas cercanas y confirmó que había sido trasladado a la prisión de máxima seguridad de Guanajay.

La expatriación forzosa es una de las condiciones que el régimen cubano está imponiendo a este y muchos otros presos políticos en Cuba para su excarcelación.

Maykel Osorbo cumple una condena de 9 años de privación de libertad por su actividad artística, su activismo y su defensa de la canción Patria y Vida.

Al mismo tiempo, el caso registró un avance significativo en el ámbito internacional: por medio de un proceso de denuncia de Prisoners Defenders en 2021, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos concluyó en un informe de fondo que Maykel fue víctima de detención arbitraria y desaparición forzada, así como de vulneraciones de su integridad personal, libertad de expresión artística, reunión, asociación, acceso a la justicia y debido proceso.

La CIDH aprobó inicialmente el Informe de Admisibilidad y Fondo No. 78/26, a partir de la denuncia sometida al organismo por Prisoners Defenders desde 2021 hasta el presente año, y lo transmitió al Estado cubano para que informara sobre el cumplimiento de sus recomendaciones.

Estas conclusiones forman parte del Informe 78/26, comunicado al Estado cubano el 22 de junio de 2026 a partir de la documentación y la denuncia realizada por Prisoners Defenders desde 2021 hasta el presente año.

El pronunciamiento adquiere especial relevancia ante un nuevo traslado de Maykel Osorbo ejecutado sin información para sus familiares, pues confirma que el ocultamiento temporal de su paradero no constituye un hecho aislado dentro de su caso.

Prisoners Defenders solicita a The Latin Recording Academy que se pronuncie públicamente en favor de la liberación de Maykel Osorbo y ejerza su capacidad de influencia en defensa de los derechos fundamentales de uno de sus artistas galardonados.

La libertad a cambio del destierro: presos políticos y expatriación forzosa

El exilio continúa utilizándose en Cuba como una extensión de la represión contra los presos políticos. La salida del país se presenta como única alternativa para recuperar la libertad, de modo que una excarcelación que debería ser incondicional queda subordinada al abandono permanente de la patria. Los casos recientes de Luis Manuel Otero Alcántara, Yosvany Rosell García Caso y Roilán Álvarez Rensoler muestran distintas modalidades de este mismo mecanismo: expatriación ya consumada, anuncio de salida forzosa y ofrecimiento de excarcelación condicionada al abandono del país.

Luis Manuel Otero Alcántara terminó de cumplir íntegramente su condena de cinco años el 9 de julio. Pese a ello, permaneció retenido e incomunicado hasta que, el 18 de julio, fue expatriado por las autoridades cubanas directamente a Estados Unidos.

En el caso de Yosvany Rosell García Caso, las autoridades penitenciarias le comunicaron que sería “enviado fuera de Cuba”.

Roilán Álvarez Rensoler se enfrenta a una presión similar. La Seguridad del Estado condicionó su excarcelación a que sus familiares compraran un pasaje con destino a Guyana. La presión se produce mientras Roilán permanece encarcelado, en extrema debilidad y con graves secuelas de varias huelgas de hambre.

En los tres casos, el exilio funciona como una prolongación del castigo y responde a una práctica recurrente de expatriación forzosa del régimen cubano: condicionar la recuperación de la libertad al abandono definitivo del país. Una salida aceptada bajo la amenaza de continuar en prisión no constituye una decisión migratoria libre.

Prisioneros políticos verificados en Cuba durante el mes de julio

Con datos cerrados al 31 de julio de 2026, la lista de prisioneros políticos en Cuba contiene un total de 1.327 prisioneros políticos y de conciencia sometidos a sentencias judiciales o a disposiciones de limitación de libertad impuestas por las “Fiscalías”, sin supervisión judicial, debido proceso ni defensa efectiva, en flagrante violación del derecho internacional. Eso supone que, a lo largo de ese periodo, estuvieron presentes en la lista 1.447 prisioneros políticos, todos ellos torturados, como demostramos en el análisis en profundidad de 181 casos seleccionados aleatoriamente para el Primer Estudio Integral sobre la Tortura en Cuba.

Cuba ha totalizado 2.148 presos políticos en sus cárceles desde el 1 de agosto de 2021 hasta finales de julio de 2026, en apenas cinco años, de los cuales 2.001 han ingresado en prisión desde entonces.

Este pasado mes de julio han entrado en nuestra lista 36 nuevos prisioneros políticos.

De los 1.327 prisioneros políticos:

  • 41 de los prisioneros políticos de la lista actual fueron detenidos siendo menores de edad: 39 chicos y 2 chicas. Son, por tanto, al menos 410 menores los que padecen prisión cada año en Cuba, según ha podido confirmar Naciones Unidas.
  • 16 de los menores del 11J han sido ya condenados por sedición. La pena media impuesta a estos menores condenados por sedición es de 5 años de privación de libertad, un castigo superior, en promedio, al que sufrían los adultos en prisión política antes del 11J.
  • De nuestra lista actual, 217 manifestantes han sido condenados por “Sedición”, con un promedio de 10 años de privación de libertad.
  • 150 mujeres sufren actualmente autos fiscales, medidas cautelares y condenas políticas y de conciencia.
  • Entre los prisioneros políticos que permanecen entre rejas hemos censado 459 presos con patologías médicas graves y hemos confirmado que estas se deben a la falta de alimentación, los malos tratos, el ambiente represivo y su agravamiento por la ausencia de atención médica. También hemos verificado 54 prisioneros políticos entre rejas con trastornos graves de salud mental sin tratamiento médico o psiquiátrico adecuado.

801 Convictos de Conciencia, 489 Condenados de Conciencia y 37 otros presos políticos

Convictos de Conciencia y Condenados de Conciencia son aquellas víctimas cuya privación de libertad -los primeros- o limitación de libertad -los segundos- es consecuencia de:

  • La violación por motivos políticos, raciales, de género, ideológicos o cualquier otra condición o circunstancia personal o social, del ejercicio de los derechos de libertad de conciencia, pensamiento, expresión, manifestación, reunión y/o asociación u otros derechos humanos fundamentales.
  • La violación por motivos políticos, raciales, de género, ideológicos o cualquier otra condición o circunstancia personal o social, de los principios de presunción de inocencia y/o debido proceso o como consecuencia de una investigación prospectiva.
  • La violación por motivos políticos, raciales, de género, ideológicos o cualquier otra condición o circunstancia personal o social, del principio de neutralidad, imparcialidad y/o derecho a la defensa.

En otro grupo más complejo de catalogar, Otros Presos Políticos, incluimos casos en privación completa de la libertad, pero no catalogables como Convictos de Conciencia por acciones penalmente reprochables, cuyos desproporcionados procesos y penas han sido ejecutados mediante una violación grave a sus derechos de defensa y debido proceso, todo ello motivado por razones políticas y/o ideológicas.

Por ello, los 1.327 prisioneros políticos verificados por el ejercicio de sus derechos fundamentales se dividen en Convictos de Conciencia, Condenados de Conciencia y Otros Presos Políticos, categorías que pueden examinarse en nuestra lista de prisioneros políticos.

  • 801 Convictos de Conciencia
  • 489 Condenados de Conciencia
  • 37 casos de Otros Presos Políticos
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