El 93% de afiliados a las AFP prefiere que sus fondos de pensiones sigan creciendo en una Cuenta Individual de Capitalización, como actualmente sucede en el Sistema Privado de Pensiones (SPP), en lugar que una parte de sus fondos pase a un Fondo de Riesgo Compartido, según una encuesta de Ipsos Perú.
Además, el 67% está de acuerdo con que el Estado, mediante los impuestos y en su rol solidario, complete los ahorros de las personas que menos tienen para que puedan gozar de una pensión mínima al jubilarse, sin que se vean afectados los fondos individuales del resto de trabajadores.
El 64% de encuestados, de otro lado, manifestó que prefiere tener varias opciones para elegir la que considere más adecuada para que administren sus fondos de pensiones, en vez de que sea una sola entidad estatal la que se encargue de ello.
Cabe recordar que Comisión Multipartidaria de Reforma del Sistema de Pensiones del Congreso aprobó la creación del Organismo Público de Pensiones (OPP), una entidad estatal que no solo tendría a su cargo la afiliación, recaudación, cobranza y fiscalización del nuevo sistema, sino que también definiría cómo se invertirán los fondos de los afiliados. (Fuente: https://andina.pe; Fecha: 27.11.2020).
Afiliados en el sistema de reparto (ONP) con 17 años de aportes podrán acceder a una pensión reducida, con cargo a préstamo
El Ejecutivo aprobó el nuevo reglamento que unifica las normas que regulan el Sistema Nacional de Pensiones (SNP; sistema de reparto) y flexibiliza los requisitos y procedimientos para el otorgamiento de pensiones a los afiliados al DL 19990.
Una de las denominadas “mejoras” que serán implementadas en el corto plazo es la posibilidad de acceder a una pensión con 17 años de aportes. Esta nueva figura legal se denomina “préstamo previsional” y permite que el afiliado que haya cumplido los 65 años de edad y que no alcance los 20 años de contribuciones requeridas para acceder a una jubilación, pueda completar dicho periodo sumando hasta un máximo de 36 meses de aportes.
El monto de lo “prestado” le serán descontado mensualmente de su futura pensión.
Gobierno promulga ley que permite un segundo retiro parcial de los fondos de pensiones privados.
La Ley 31068, publicada el 18 de noviembre en el Diario Oficial El Peruano, lleva la firma del ex presidente Manuel Merino.
Con esta ley los afiliados a las AFP podrán retirar en forma voluntaria y en forma extraordinaria hasta 4 Unidades Tributarias Impositivas (UIT), es decir, hasta PEN 17.200 soles (aprox. USD 4.765) de sus fondos de pensiones.
Quienes pueden acceder a este retiro máximo son:
- los afiliados que no registren aportes en 12 meses consecutivos al 31 de octubre de 2020;
- los afiliados que tengan diagnóstico oncológico.
En tanto, la norma establece que los afiliados que no registren aportes en el mes de octubre de 2020 y que no sean beneficiarios del retiro de 4 UIT, podrán solicitar el retiro de hasta 1 UIT (PEN 4.300, aprox. USD 1.191).
Desde el 9 de diciembre se podrá realizar trámite para este segundo retiro de fondos.
En el Congreso se aprobó en abril el retiro de hasta el 25% de los fondos privados de pensiones con un máximo de PEN 12.900 soles (aprox. USD 3.573). El Ministerio de Economía y el Banco Central de Reserva habían mostrado reparos frente a estas dos iniciativas del Congreso y dijeron que un nuevo retiro impactaría en la solvencia del sistema financiero y de todos los afiliados al sistema, pero eso no ocurrió.
Entre enero y julio de 2020, debido a la primera norma de retiro aprobada, las AFP tuvieron que liquidar activos en el mercado local y extranjero para entregar PEN 24.000 millones (aprox. USD 6.500)