Si en este maravilloso país no ocurrieran tantos atropellos, sería extraordinario vivir en paz y tranquilidad, sin embargo, lo más trágico y lo más aberrante puede suceder sin que nada detenga el daño consecuente que se deriva -no es redundancia- sobre lo que les vamos a comentar. El Ministro de Salud ha afirmado a sabiendas que NO es verdad, lo siguiente: “En el caso particular de las vacunas está demostrado que tienen un periodo de extensión de vida útil, que puede ser en algunos lotes de 6 meses y en otros de hasta 18 meses. Estas vacunas siguen vigentes a pesar de que la fecha de vencimiento dice que caducó el plazo”.
Es más, el diario El Comercio reseña: “Un reciente informe periodístico puso en evidencia que el Minsa se encuentra distribuyendo y aplicando vacunas con fecha de expiración vencida, según se lee en el frasco. El sector sostuvo que la vida útil de las vacunas ha sido extendida a 18 meses desde su fabricación, en base a evidencias científicas que garantizan su eficacia y seguridad. Dijo que dosis cuentan con todas las autorizaciones necesarias de Digemid”.
Del mismo modo, América TV emitió un reportaje en el que se pudo confirmar que los frascos de las vacunas que aplican las enfermeras del Ministerio de Salud no tienen una fecha vigente: “La vacuna expiró -su fecha de vigencia- el 19 de diciembre” y se siguen aplicando, en nuestra opinión, indebidamente.
Esto dijo ante los medios de comunicación el Ministro de Salud: “Tenemos tres millones de vacunas en total, más o menos el 60% están próximas a vencer y un 20% que se ha cumplido su fecha. Puedo asegurar que, las que han cumplido su fecha de vencimiento, tienen la extensión de vida útil. Seríamos criminales de poner a disposición de la gente que no esté garantizada su calidad. Puedo asegurar, asumiendo la responsabilidad como ministro, que las vacunas están con su vigencia adecuada, conservando su eficacia, demostrada científicamente”.
Las preguntas derivadas automáticamente son: (1) ¿Porqué no muestra el Certificado Internacional de evaluación pre y post de las vacunas para autorizarse, desde los fabricantes y las autoridades del país de fabricación (ratificando esos estudios), una vigencia sin riesgos? (2) ¿Es la DIGEMID una institución que posee equipos, laboratorios, cuadros técnicos y científicos debidamente catalogados y reconocidos internacionalmente para poder emitir una vigencia de uso y administración a las vacunas? ¿Con estudios hechos en y por DIGEMID, que jamás han sido publicados o verificados? (3) La fecha de vencimiento de las medicinas, en este caso vacunas, no se cambia porque se le ocurre a un gobierno hacerlo. Eso es un delito de Lesa Humanidad. Los estudios de estabilidad prestan atención especial a los problemas de las variaciones de inocuidad, almacenamiento y eficacia terapéutica. La legislación sobre medicamentos exige que se indique la fecha de vencimiento en todos los productos, en especial si son vacunas. ¿Quién es el ministro de salud para desconocerlo?
Y si la contradictoria afirmación de las autoridades del Ministerio de Salud no son suficiente escándalo y crimen contra la población, este titular en Canal N es algo que supera toda lógica y asombro cuando el viceministro de Salud Pública dice que “No son vacunas vencidas, tienen una fecha de caducidad tentativa”. El viceministro Ricardo Peña aclaró que las vacunas que han superado la fecha de caducidad inicial tienen una extensión de vida útil avalada por estudios y regulaciones internacionales”, sin embargo no mostró ni un solo estudio internacional y no mencionó las regulaciones que decía le amparan. ¿Porqué no lo hizo?
Consultamos a una entidad europea y nos respondieron: “Lo que podemos informarle es que las vacunas están sometidas a un control muy estricto y su fecha de caducidad también, por lo que cualquier vacuna se utilizará hasta el último día del mes y del año que figuran en el envase”.
Un ejemplo de cómo NO se deben usar vacunas vencidas es Nigeria, que a diferencia de Perú, ordenó eliminar más de un millón de dosis de la vacuna AstraZeneca, tal y como informó BBC.com
“La destrucción del producto sucedió más de una semana después de que las autoridades afirmaran que algunas de las dosis de la vacuna donadas por los países ricos occidentales tenían apenas unas pocas semanas más de caducidad. Funcionarios de sanidad del gobierno y periodistas observaron cómo los camiones cargando miles de cajas con las ampolletas de la vacuna las arrojaban en un vertedero en las afueras de la capital Abuya, para luego ser aplastadas y enterradas por un buldócer. El gobierno dijo haber tomado la medida para asegurar a un público desconfiado de la inoculación que no estarían utilizando las vacunas vencidas”. Eso fue en Nigeria, pero en el Perú, se utilizan vacunas vencidas.
Y viene otra pregunta: Si para poder autorizar el uso de la aplicación de la extensión en la vigencia de un medicamento o de una vacuna en el país, la empresa farmaceútica Pfizer solicitó y realizó los trámites correspondientes durante la emergencia sanitaria del COVID-19 en razón de la situación excepcional que se vivía, ¿Quién ha hecho ese trámite ahora? ¿Saben porqué hacemos esta pregunta? Porque si un medicamento va a vencer, el laboratorio proveedor, la empresa farmaceútica está en la obligación legal de recoger los lotes con vencimiento próximo, a fin de entregar otros lotes con fecha de vigencia útil. ¿Eso no se hizo? Otra vez, ¿Porqué?
Algo que parecen desconocer o no aceptar el Ministro de Salud y su viceministro es que “de acuerdo con los principios reglamentarios estándares, la Organización Mundial de la Salud OMS no recomienda el uso de vacunas después de la fecha de caducidad indicada en la etiqueta. La recomendación estándar de la OMS para las etiquetas de las vacunas incluye una fecha de expiración impresa tanto en la etiqueta de la ampolla de la vacuna como en las cajas de embalaje”.
Y vamos a poner un ejemplo didáctico para el señor Ministro:
Si la temperatura de conservación de la vacuna, de la Ampolla descongelada abierta y almacenada de +2
°C a 8 °C se respeta en esas condiciones, la vida útil es de hasta 6 horas después de la primera punción y no por seis meses, ni siquiera por seis días. ¿Lo entenderá? No existen “estudios ni autorizaciones de la DIGEMID” para alterar lo que se ha verificado y permitido, lo que debe y tiene que ser.
Además, existe algo que se llama “cadena de frío”, condiciones de almacenamiento, transporte, embalaje, administración y usos, por los cuales es importante que la fecha de caducidad esté fácilmente visible para los encargados de esa cadena de frío y los manipuladores de vacunas.
“Esta información permite a los funcionarios responsables aplicar correctamente el principio de caducidad más temprana (EEFO) al distribuir vacunas a los niveles más bajos, actualizar correctamente la fecha de caducidad cuando la vacuna se mueva del ultracongelador al refrigerador (“etiquetado dinámico”), y determinar si la vacuna todavía es utilizable o no”.
Finalmente, la propia DIGEMID no puede estar en contradicción consigo mismo, ya que las Fichas Técnicas de las vacunas, emitidas por DIGEMID dicen claramente “Periodo de validez: No exceda la fecha de caducidad indicada en el empaque externo”, por lo que sería interesante saber cuándo se cambió la Ficha Técnica de cada lote de vacunas, qué empresa fabricante o institución fue la solicitante con el aval del fabricante, debido a qué Estudios verificados y sustentados, con autorización de la OMS, no de la DIGEMID que no hace estudios de ese nivel, se otorgó la extensión de la vigencia de caducidad, entre otras respuestas que deben conocerse porque de lo contrario, estamos ante un gravísmo suceso de consecuencias impredecibles.
Es evidente que se está mintiendo a la ciudadanía, porque de lo contrario, el MINSA no hubiera hecho la siguiente aclaración hace unos seis meses:
“Minsa niega que haya aplicado vacunas vencidas contra la COVID-19 en Huaycán. El sector explicó que, según un informe técnico, se reportó que habían dosis expiradas, pero que no fueron utilizadas debido a que se encuentran en proceso de baja. El Minsa descartó que haya aplicado vacunas vencidas”… pero ahora, sí se aplican vacunas vencidas o como dice el viceministro, con fechas de caducidad “tentativa”.
La tentativa es intencionalidad y la intencionalidad es el delito.