La Corte Penal Internacional (o Tribunal Penal Internacional) está en Roma, el Tribunal Internacional del Derecho del Mar y la Corte Internacional de Justicia de La Haya son hermanas y están afiliadas a la Organización de Naciones Unidas. Su misión es juzgar personas (no países) que hayan cometido crimenes considerados contra lesa humanidad, como genocidio, y que hayan actuado inhumanamente en guerras o conflictos violando leyes contra los mismos tanto nacionales como internacionales.
El Tribunal Internacional del Derecho del Mar sirve para dirimir los casos relativos a diferencias sobre la interpretación de la Convención del Derecho del Mar de la ONU.
La Corte Internacional de Justicia de La Haya es el foro en el que se dirimen conflictos entre Estados soberanos. Por eso es allí donde Guatemala está litigando contra Belice por el tema del diferendo territorial y limítrofe entre ambos Estados soberanos. Claro está, como he escrito en muchos artículos, litigado pésimamente por que nuestro inepto Canciller tiene liderando el tema a una Embajadora que se duerme en las audiencias, que tiene cero experiencia en el tema, y que conoció el caso de Belice sólo superficialmente. Pero mejor ni empiezo con esto porque es una tristeza perder teniendo todas las de ganar.
La Corte Penal Internacional (CPI) dice “no pertenecer a la ONU” pero en el Artículo 13(b) del Estatuto de Roma que le da vida, y en el Capítulo VII de la Carta de la ONU, el Consejo de Seguridad de la ONU puede referir determinados casos al Fiscal de la CPI. Es decir, no le pertenece pero la ONU puede meter sus narices en ella.
Cabe mencionar que los Estados Unidos no son signatarios del Estatuto de Roma y por ende, no reconocen la jurisdicción de la CPI para ellos, pero la imponen para el resto del mundo. En el 2019 la Fiscal de la CPI Fatou Besouda decidió que los USA han cometido violaciones tipificadas por la Corte y el Departamento de Estado dice que no reconocen el resultado de dicha organización por no haber ratificado el Estatuto.
Fassouda se enfocó específicamente en lo que determinó fueron Crímenes de Guerra y de Lesa Humanidad cometidos desde el 1 de mayo de 2003, como tortura y delitos contra la dignidad humana en sus centros clandestinos de detención. Involucra a China, varios países Europeos y Canadá. La novedad de esta investigación es que la CPI se ha enfocado a africanos sindicados de cometer esos crímenes.
La CPI ha juzgado a expresidente Omar Bashir de Sudán, expresidente Hosni Mubarak de Egipto, Rodrigo Duterte de Filipinas, Charles Taylor de Liberia, Joseph Kony de Uganda, expresidente Muammar Gaddafi de Libia, expresidente Laurent Gbagbo expresidente de Costa de Marfil, y trataron de enjuiciar al General Augusto Pinochet de Chile.
La dirigen el Presidente Juez Piotr Hofmański de Polonia, Primer Vicepresidente Juez Robert Fremr de la República Checa, el Segundo Vicepresidente Juez Marc Perrin de Brichambaut de Francia. Tiene 18 jueces en la División de Cuestiones-Preliminares, la División de Juicio y la División de Apelaciones. El Fiscal Jefe es Karim Khan de Gran Bretaña, con el Vicefiscal James Stewart de Canadá, y el Secretario Peter Lewis de Gran Bretaña.
La CPI no tiene carácter retroactivo por lo que no puede ser aplicada a supuestos crímenes cometidos previo a su entrada en vigencia el 1 de julio de 2002.
Stein propuso a Claudia Paz y Paz Bailey para entrar a la CPI como Fiscal. Las violaciones cometidas al debido proceso y a la aplicación de justicia por parte de esta mujer cuando fue Fiscal General y Jefe del Ministerio Público de Guatemala fueron numerosas y sumamente significativas.
Ningún Estado signatario de la CPI debería permanecer en silencio porque esta mujer, que es una terrorista de izquierda cuya familia entera es comunista, no usará su poder en ese cargo para hacer justicia. Usará su poder como siempre lo ha hecho: para perseguir a personas cuya ideología es contraria a la suya. https://republica.gt/2021/10/20/paz-y-paz/
La CPI ha respondido a los alegatos presentados en contra de dicha nominación diciendo que la nominada debe asentir a la investigación. Si ella se rehúsa, estaría dejando en evidencia que tiene algo que esconder. Si el Jefe Fiscal hace caso omiso a las evidencias presentadas, dejaría en evidencia el sesgo ideológico de la CPI.