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Bitácora del miércoles 28 de octubre: ¿La Libertad de Prensa, la decide quien difama?

A propósito de un proceso judicial que pretende confundirse con el ejercicio de la profesión

by Ricardo Escudero
28/10/2020
in Opinión Editorial
Bitácora del miércoles 28 de octubre: ¿La Libertad de Prensa, la decide quien difama?
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Julián Pérez Porto y Ana Gardey nos resumen que para la filosofía, “la opinión es una proposición donde no se tiene la confianza total sobre la verdad del conocimiento. Esto supone que la opinión admite la posibilidad de error ya que no hay evidencia plena. En este sentido, la opinión se considera como una afirmación con menor evidencia de la verdad que una certeza”

La opinión, de todas maneras –nos amplían-, suele asociarse a los juicios subjetivos:

“La frase ‘Este coche tiene cuatro ruedas’ no es una opinión ya que puede contrastarse frente a la realidad del coche. En cambio, una frase del tipo ‘Este es el mejor coche de la actualidad’ es una opinión porque depende de lo que el emisor de dichas palabras espere de un coche, de sus conocimientos técnicos y de una serie de cuestiones muy personales”

Dicho todo esto, está marcada la diferencia entre opinión y una afirmación, una acusación, al decir sobre alguien, por ejemplo –repito-, sobre una persona, adjetivos calificativos que refuerzan el señalar a alguien bajo determinadas características o identidades negativas o que le ofenden, calumnian o causan daño a su imagen y buena reputación.

Yo puedo decir que los actos de gobierno me parecen estar relacionados con hechos de corrupción y trato de demostrar alguna semejanza, relación o coincidencia para que la justicia, y no yo, lo demuestre, porque la justicia no la ejerzo yo.

Sin embargo, no puedo escribir o decir a voz en cuello que determinada persona, con nombres y apellidos, es “un difamador en mi contra”, salvo que repita quién lo dice, en cuyo caso la responsabilidad no es mía, sino de quien lo dijo, aunque yo no debería moralmente seguir en ese ventilador de chismes (y aclarando: el que lo dijo, no es una “fuente”).

Una periodista que señale a alguien como “difamador” debe tener pruebas, sino -como en este caso- se voltea el panorama, asumes el rol de quien acusas sin pruebas.

Para excluirse de una acusación podría usar la frase “me parece, en mi opinión, podría estar…”, pero acusar directamente sin pruebas, es un delito en la legislación peruana, porque si no, el carnaval de suposiciones presentadas por cualquier medio como afirmaciones, estaría libre de cualquier exigencia de reposición del honor y el buen nombre.

Eso de “yo decido el significado de las palabras, yo soy el juez y la verdad única, sólo yo tengo la razón y digo lo correcto, nunca pediré disculpas, nunca me equivoco” no existe, no tiene asidero.

En el caso de Luciano Revoredo, director del portal laabeja.pe está muy claro que lo han difamado, a nuestro entender y parecer; en nuestra opinión, eso ha ocurrido. ¿Ven la diferencia? Nosotros opinamos, no somos los que determinamos. Y ahora, en el caso mencionado anteriormente, la justicia ha iniciado un proceso judicial por difamación contra quienes así lo han hecho, de acuerdo al criterio legal de los que emplazan pidiendo justicia.

Pero salta a la luz un hecho: ¿Quienes difaman, tienen exclusión de una demanda por ser periodistas? No, de ninguna manera. Es como si comparásemos el hecho con un Policía abusivo que usa sus armas contra una persona inocente. ¿Estará ese Policía excluido por ser de esa profesión? No, sería una locura amparar, y proteger el abuso, el exceso policial. Otro ejemplo: ¿Un periodista ebrio, puede atropellar a una persona, estar con brevete vencido, sin SOAT, en un auto robado y decir “soy periodista” para librarse de todo lo que ha ocasionado? ¿Puede invocar la libertad de prensa? NO, tampoco podría ocurrir eso.

Entonces, hay que estar atentos, porque nadie tiene derechos superiores a otras personas, y hoy en el mundo, el periodismo militante, radical, de posiciones extremas, parece creer que la razón está de su lado porque así debe de ser…, y no es, ni será así, sino habremos perdido las libertades ciudadanas y en especial, la libertad de prensa, que no es una pistola venenosa para difamar a diestra y siniestra.

Epílogo: En casos de afectación al honor, como éste de difamación, existe un procedimiento muy sencillo para evitarse mayores problemas judiciales, pero a veces el orgullo, la vanidad, la soberbia o qué sé yo, lo ignoran. ¿Saben cuál era la solución anticipada? …pedir disculpas, nada más. O si te las exigen, las das y se acabó.

fotogafía referencial, Fundación GABO, desprestigio
Tags: difamaciónlibertad de prensaproceso
Ricardo Escudero

Ricardo Escudero

Columnista de opinión política, análisis social y previsional.

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