Suspender los límites a las tasas de interés en los créditos de consumo de bajo monto facilitará la inclusión financiera. Los límites establecidos desplazaron a cientos de miles de usuarios al sector informal con altas tasas de interés y excluyeron a cientos de miles de potenciales nuevos usuarios.
El pasado 17 de abril, se aprobó un dictamen en la comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera del Congreso de la República, el cual busca suspender por cinco años los efectos de la Ley N.° 31143, que “protege de la usura a los consumidores de servicios financieros”. Pese a su objetivo inicial, esta ley solamente excluyó a miles de peruanos del crédito formal. Se establecieron límites en las tasas de interés de los créditos de consumo que no superen las dos unidades impositivas tributarias (UIT) para las personas y las micro y pequeñas empresas (mypes). En la práctica, esto excluye del sistema financiero formal a quienes, por su perfil crediticio, no califican para créditos cuyas tasas se encuentren dentro del límite.
Un total de 216,000 usuarios del sistema financiero habrían sido excluidos en los 32 meses de vigencia de dicha norma (de los cuales 188,847 habrían salido en los 18 primeros meses de su aplicación), de acuerdo con estimaciones de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) y el Banco Central de Reserva del Perú (BCRP). A raíz de esta medida, la población de menores ingresos habría sido la más afectada, con la exclusión directa de 127,000 clientes de la cartera de crédito de consumo bajo. De ellos, 95,000 eran clientes de consumo y 32,000, mypes.
El ritmo de incorporación de nuevos deudores se ha reducido desde la implementación de la mencionada ley. Antes de la regulación, casi un 20% de los nuevos créditos se otorgaban a una tasa mayor a la máxima actualmente vigente. Esto contribuyó a una caída en la incorporación al sistema financiero de 33,204 deudores cada año.
Más de 580,000 familias (8% de los hogares urbanos) habrían adquirido algún tipo de crédito informal en 2022. Cinco de cada diez usuarios del sistema financiero informal estarían pagando una tasa anualizada mayor al 500%, según estimaciones del Instituto Peruano de Economía. Además, un 22% de los créditos informales se otorgaron bajo la modalidad de “gota a gota”, es decir, préstamos rápidos y sin trámites, pero con tasas de interés exorbitantemente altas. Esto los hace difíciles de pagar y puede derivar en amenazas, coacción e, incluso, atentados contra la vida de los prestatarios.
La Ley N.° 31143 no habría hecho más que desplazar a un sector significativo del mercado hacia la informalidad y exponer la integridad de cientos de miles de usuarios potenciales. Instituciones como la SBS y el BCRP ya se han pronunciado en contra de la regulación de tasas de interés por estos motivos.
Lo señalado no es algo nuevo en el ámbito internacional. De acuerdo con el Banco Mundial, en la mayoría de los países donde se han aplicado restricciones de este tipo, los efectos han sido negativos. Una medida similar en Chile generó la exclusión de un 9.7% de los deudores de créditos de consumo formal bancario entre los años 2013 y 2015, lo que equivale a 197,000 personas, según un estudio del Banco Central de Chile.
Aún existen limitaciones para la inclusión financiera en nuestro país. Por ejemplo, las personas en áreas rurales tienen la mitad de las probabilidades de alcanzar una mayor escala de acceso a servicios financieros en relación con quienes viven en áreas urbanas, según el último Reporte de Inclusión Financiera de Credicorp. Y un 7% de peruanos no puede nombrar ni un solo producto financiero. Estos temas también deben ser abordados en favor de un sistema más accesible y formal.
Para tener en cuenta: La inclusión financiera se refiere al acceso que tienen las personas y las empresas a diversos productos y servicios financieros útiles y asequibles que atienden sus necesidades —transacciones, pagos, ahorro, crédito y seguros— y que se prestan de manera responsable y sostenible.