La irrupción del Covid19, pasó rápidamente de ser silente a explosiva, de ser negada y
ocultada por las autoridades sanitarias de muchos países a ser declarada pandemia por la OMS; de afirmarse que era una gripe como otras a mostrar el macabro número de un millón de infectados y 50.000 muertos al día de hoy, con cadáveres amontonándose en las morgues.
¿Qué la vuelve tan particular? Creo que tres elementos:
1) la facilidad del contagio;
2) su rápida expansión en un mundo mucho más intercomunicado -sea en el volumen de
personas que viajan, como en la rapidez con la que se llega de un punto a otro del planeta- ;
3) el hecho de que las formas mas graves de la afección requieren de asistencia respiratoria, saturando la capacidad del recurso, que se vuelve al mismo tiempo vital y escaso.
Ésta última circunstancia conduce a un dilema bioético concreto al cual se enfrentan,
en este momento las UTI de todo el mundo: ¿Qué criterios utilizar para asignar la ARM
cuando se vuelve un bien escaso? ¿Cómo priorizar a un paciente respecto de otro? ¿Cuándo retirar asistencia a un paciente?
Principios generales que orienten la toma de decisiones
La praxis médica desde sus inicios asumió el principio lógico que inspira a toda ética:
“evitar el mal y hacer el bien”. En medicina, este principio. se traduce como primum non noccere (lo primero es no dañar y su complemento: buscar el bien del paciente).
Así expuesto, este principio, se abre a diversas interpretaciones sobre lo que constituye en realidad “el bien del paciente”, por eso necesitamos un valor objetivo y permanente, a
saber: el primer bien es la vida física y la salud del paciente.
De allí se desprende una consecuencia ética: debo ponderar individualmente la vida de
cada paciente y su estado de salud/enfermedad, prescindiendo de contar o no con el
recurso, (eso formará parte de una segunda instancia, en caso de tener que asignarlo a uno o a otro individuo). No se trata de “elegir entre uno y otro”, sino de evaluar objetivamente cada caso y ver las posibilidades reales de sobrevida de cada uno de ellos.
Este criterio que acabo de exponer ha llevado a la elaboración de un “enfoque de
principios múltiples… que pone el acento en:
salvar la mayoría de las vidas,
preservar la mayoría de los años de vida,
priorizar las decisiones basadas en evidencia
mostrar compasión a los no receptores”.
Lo señalado debe combinarse con el principio de dignidad de la vida humana antes
mencionado y el de sociabilidad / subsidiaridad.
Hecho esto, cabe aclarar que “preservar la mayoría de los años de vida”, no significa hacer un triaje que excluya de la AMR a pacientes que sobrepasan una cierta edad, sino que no se incluya a pacientes cuya prolongación de la vida solo resulte precaria y penosa.
Las decisiones de inclusión deben guiarse exclusivamente por cuestiones médicas,
evitando caer en graves actos de discriminación hacia las personas con discapacidad, o por cuestiones étnicas o socio-culturales.
Respecto de la expresión “mostrar compasión a los no receptores”, está asumiendo que
los pacientes no incluidos en la ARM, no deben ser descartados de todo tratamiento
médico, por el contrario debe ofrecérsele otros recursos. Cuando por su propio estado
físico los medios ya no resulten proporcionados -y por lo tanto dejasen de ser
terapéuticos-, se lo deberá derivar a una unidad de cuidados paliativos (aún cuando no se puede mas curar, siempre se deberá cuidar del paciente).
Ponderar la “no inclusión” de un sujeto en ARM no equivale al abandono terapéutico,
significa el deseo de “evitar la puesta en práctica de un dispositivo médico
desproporcionado a los resultados que se podrían esperar, o bien una voluntad de no
imponer gastos excesivamente pesados a la familia o la colectividad”
Aquí “costos” se refiere no solo a la cuestión económica sino al esfuerzo desproporcionado respecto de las posibilidades reales de recuperación, con la intención de evitar el ensañamiento terapéutico.
Son muchos los sistemas de triaje propuestos, sin embargo todos comparten algunos
elementos básicos, a saber:
1. Se debe ponderar precozmente el estado de salud de los pacientes con riesgo vital
mediante un protocolo basado exclusivamente en cuestiones médicas evaluables.
2. La gravedad clínica de cada caso y el riesgo de vida, así como las expectativas de
recuperación, serán consideradas conjuntamente a fin de priorizar la asignación
del recurso escaso y determinar las listas de espera.
3. Establecer áreas adecuadas para tratar a las personas de acuerdo a los niveles de
complejidad de UTI, nivel medio o unidad de cuidados paliativos.
4. Reevaluar periódicamente los factores de riesgo en aquellos pacientes que
permanezcan en ARM.
5. Dar la adecuada información tanto a pacientes como a sus familiares respecto de
los procedimientos y pruebas diagnósticas que se le practicaron o se piensan
aplicar. 6
6. En caso de no reunir las condiciones de inclusión en ARM, derivar al paciente a la
UCP.
CONCLUSIÓN
En casos de crisis sanitaria –la escasez de recursos médicos durante una pandemia
entra en ésta categoría- supone particular atención a fin de preservar la buena praxis médica, ya que a los cuidados habituales se suma la complejidad del momento crítico donde paciente/recursos/urgencia/saturación del sistema generan una “tormenta perfecta”.
En estas ocasiones, los grandes principios rectores de la bioética vuelven a darnos un anclaje seguro para proceder adecuadamente, al tiempo que restituyen a la persona, el centro de la escena, tal como la medicina propone desde el Juramento Hipocrático.
Desde el Instituto de Bioética de la Universidad Católica de Argentina, hacemos esta propuesta a fin de preservar la vida de cada persona, así como la dignidad y derechos que de ella proceden.
Pbro. Lic. Rubén Revello
Director del Instituto de Bioética – UCA
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