Este mes de julio, otros 14 Convictos de Conciencia engrosan nuestra lista de prisioneros políticos en Cuba. Desde enero de 2023, la media de presos políticos que entran en nuestra lista es de 17 al mes, más de 3 veces más que las cifras desde 2018 hasta julio de 2021, momento en el que todo cambió, al levantarse un pueblo entero hastiado por la represión que causa maltrato y miseria.
La mayoría de estos 1047 prisioneros políticos en Cuba son personas de núcleos familiares civiles no afiliadas ni militantes políticas en grado alguno. Y tal y como como demostramos con nuestro Primer Estudio Integral de la Tortura en Cuba, por medio de la monitorización de 181 casos, entre los que 168 se tomaron aleatoriamente, en Cuba todos los prisioneros de conciencia y/o políticos son torturados inmisericordemente, cada día, pero igualmente lo son sus familias por defender su inocencia o por denunciar la situación inhumana que viven sus familiares en prisión.
El informe señaló como los menores, los jóvenes, las mujeres y el colectivo LGTBI son algunos de los grupos más torturados en prisión, donde el 80% de los presos sufren al menos 5 tipos de tortura y no pocos hasta 15 tipologías de tortura. Los informes fueron entregados a diversos mecanismos de Naciones Unidas y la CIDH en forma de denuncia y pueden ser leídos en un formato resumido (Fact Sheets hasta en seis idiomas distntos o en el formato completo.
Ayer mismo, día 7 de agosto, la niña de 3 años Leadi Kataleya Naranjo Rillos, hija del preso político Idael Naranjo Pérez fue citada junto con su abuela por la Seguridad del Estado, con la amenaza de que si no se presenta podría ser acusada de desobediencia, como su abuela.[1]
Todo esto responde a que el régimen está amenazando a las familias del 11j con arrebatarles los hijos. El nuevo Código de Familia aprobado en Cuba así lo permite sin tutela judicial alguna, sólo por “conductas observadas”.
Es el mismo Código de Familia que, sin analizar con cautela, ciertos periodistas indocumentados del mundo libre se lanzaron a elogiar sólo porque reconocía la unión de parejas del mismo sexo, sin analizar el texto completo. La unión de parejas era el señuelo para los falsos progres. El Código de Familia, en realidad, fue alterado para ser capaz de eliminar por “conductas observadas viciosas, corruptoras o delictivas” (sin sentencia o tutela judicial ni hecho parecido, tan sólo “conductas observadas”) la custodia de los hijos a los padres. Pero esa barbarie pasa inadvertida a costa de incluir la unión de parejas del mismo sexo. Algunos sectores de la sociedad son fáciles de engañar por estos regímenes populistas, y cuánto daño hacen al dejarse engañar. [2]
Los Goebbels del caribe
Para explicar la miseria, los prisioneros políticos y hasta la represión, para el gobierno de Cuba se cumple la máxima del terrorífico Goebbels, «una mentira repetida mil veces se convierte en una verdad», ya que Cuba repite una y otra vez que el “bloqueo” es el que causa el hambre en Cuba, argumento que sorprendentemente sirve también para justificar la represión y los crímenes de lesa humanidad.
Muy pocos en la socialdemocracia europea se remiten a los hechos y la ponderación de cada afirmación en cuanto a este supuesto “bloqueo”. Pero es que pocos, o ninguno, se han molestado en consultar las cifras import/export del régimen cubano en los últimos 20 años.
En una misiva, el eurodiputado Javier Nart, uno de los intelectuales de izquierda más respetados que existen en la actualidad en España, recordaba a la ex Embajadora de Cuba en Bruselas una serie de hechos:[3]
Para validar o descalificar la afirmación del Sr. Nart se hace necesario mostrar los datos oficiales de la Organización Mundial del Comercio, que pueden ser consultados por cualquier persona, pero que nadie verifica prefiriendo hacer caso a la propaganda de los Goebbels del Caribe:
En la fuente referenciada de la Organización Mundial del Comercio se pueden consultar los datos desde 2001 hasta 2020, ambos inclusive, y no son distintos que los de los 3 últimos años de la tabla de arriba. Según los datos de la Organización Mundial del Comercio, por tanto, el “bloqueo” es simplemente FALSO y D. Javier Nart, un socialdemócrata de referencia, tiene otra vez la razón.
De hecho, estudiando el asunto un poco más detalladamente, esto es así porque desde el año 2000, en virtud de la Trade Sanctions Reform and Export Enhancement Act of 2000 (TSRA; P.L. 106-387, Title IX), o Ley de Reforma de las Sanciones Comerciales y Mejora de las Exportaciones de Bill Clinton, se abrió la venta a Cuba desde EEUU de los denominados productos agroalimentarios en la normativa de los Estados Unidos (definidos en la sección 102 de la Ley de Comercio Agrícola de 1978 como “cualquier producto agrícola, alimento, pienso, fibra o animal y cualquier producto de los mismos”) y de medicamentos y dispositivos médicos.
Se demuestra una vez más que Paul Joseph Goebbels tenía herederos en el Caribe, los Castro, y que «una mentira repetida mil veces se convierte en una verdad». Y con dichas mentiras se están justificando, como ya lo hacía Goebbels, los crímenes de lesa humanidad contra toda una serie de pueblos latinoamericanos.
Prisioneros políticos verificados en Cuba este mes de julio
Con cierre de datos a fecha 31 de julio de 2023, la lista de prisioneros políticos en Cuba contiene un total de 1.047 prisioneros políticos y de conciencia sufriendo condenas judiciales o disposiciones de limitación de libertad por parte de las fiscalías sin supervisión judicial alguna ni defensa jurídica, en flagrante violación de la ley internacional que ampara el debido proceso y la defensa efectiva, lista que cada mes hacemos pública y distribuimos en todos los ámbitos políticos, diplomáticos y de defensa de los derechos humanos. Sólo en los últimos 6 meses hemos confirmado y añadido a nuestra lista 90 nuevos prisioneros políticos, 17 nuevos cada mes.
Han entrado este mes de julio en nuestra lista 14 nuevos presos políticos. Y han sido también 14 los prisioneros políticos que han salido de nuestra lista en Cuba este mes tras el cumplimiento íntegro de la sanción impuesta.
De los 1.047 prisioneros políticos:
- Actualmente los menores que siguen estando en la lista de prisioneros políticos son 31 niños y 4 niñas, en total 35 menores, los que aún cumplen sentencia (32 de ellos) o están siendo procesados penalmente (3 de ellos). En un informe a Naciones Unidas, el régimen recientemente reconoció la veracidad de estas cifras. Hay que tener en cuenta que la elevada cifra actual, sin embargo, no contempla otros muchos niños que ya han salido de la lista por haber cumplido íntegramente sus condenas. Buena parte de los menores se encuentran en prisiones presuntamente para menores, pero son centros de carácter totalmente penitenciario que eufemísticamente se denominan “Escuelas de Formación Integral”, pero no dependen del Ministerio de Educación, sino del Ministerio de Interior. En estos centros penitenciarios, con celdas, se confinan, como ya denunció el Comité de los Derechos del Niño de Naciones Unidas el 9 de junio de 2022 en su Informe de Conclusiones, un mínimo de 150 niños por debajo de los 16 años cada año en Cuba. El mismo Comité destacó también como son, además, en torno a 260 los niños de 16 y 17 años cada año en Cuba los que sufren privación de libertad en prisiones convencionales. 410 menores, por tanto, sufren prisión al año en Cuba, según ha podido confirmar la propia Naciones Unidas.
- 18 de los menores mencionados están siendo procesados o han sido ya condenados por “Sedición”. La pena media de estos menores condenados por sedición es de 5 años de privación de libertad, un castigo en promedio superior al que sufrían, antes del #11J, los adultos en prisión política.
- De nuestra lista actual, 211 manifestantes han sido acusados de sedición y al menos 209 ya han sido sentenciados a un promedio de 10 años de privación de libertad cada uno.
- La cifra de mujeres prisioneras actualmente es de 116 mujeres (incluyendo varias de género trans) las que siguen aún con autos y condenas políticas y de conciencia.
- Todas las mujeres trans en prisión de conciencia han estado y están encarceladas entre hombres, lo cual sucede también con las presas trans comunes, sufriendo situaciones, entre hombres, indescriptibles para su condición sexual.
817 Convictos de Conciencia, 201 condenados de conciencia y 29 otros
Convictos de Conciencia y Condenados de Conciencia son aquellas personas cuya privación de libertad, los primeros, o limitación de libertad (los segundos), sea consecuencia de:
- La violación por motivos políticos, raciales, de género, ideológicos o cualquier otra condición o circunstancia personal o social, del ejercicio de los derechos de libertad de conciencia, pensamiento, expresión, manifestación, reunión y/o asociación u otros derechos humanos fundamentales.
- La violación por motivos políticos, raciales, de género, ideológicos o cualquier otra condición o circunstancia personal o social, de los principios de presunción de inocencia y/o debido proceso o como consecuencia de una investigación prospectiva.
- La violación por motivos políticos, raciales, de género, ideológicos o cualquier otra condición o circunstancia personal o social, del principio de neutralidad, imparcialidad y/o derecho a la defensa.
En otro grupo más complejo de catalogar, Otros Presos Políticos, incluimos casos en privación completa de la libertad, pero no catalogables como Convictos de Conciencia por acciones penalmente reprochables, si bien en su causal de origen está la represión de derechos fundamentales, y no la infracción o delito per-sé, y cuyos desproporcionados procesos y penas han sido ejecutados mediante una violación grave a sus derechos de defensa y debido proceso, causado todo ello por motivos políticos y/o ideológicos.
Por ello, los 1.047 prisioneros políticos verificados por su ejercicio de la defensa de sus derechos fundamentales se dividen en Convictos de Conciencia, Condenados de Conciencia y Otros Presos Políticos, que pueden ser examinados en nuestra lista de prisioneros políticos.
La clasificación actual de éstos es la siguiente:
- 817 Convictos de Conciencia
- 201 Condenados de Conciencia
- 29 casos de Otros Presos Políticos
La Pre-Delictiva: reconocemos en Cuba más de 12.000 prisioneros políticos
Reconocemos en Prisoners Defenders, durante el mes de julio de 2023, 1.047 prisioneros políticos relacionados con un activismo o expresión pública evidente de oposición a las políticas gubernamentales, o en el ejercicio y/o la defensa de los derechos fundamentales del ser humano.
Pero además reconocemos otros más de 11.000 civiles, jóvenes -jóvenes negros en su inmensa mayoría- no pertenecientes a organizaciones opositoras, con penas medias de 2 años y 10 meses, que sufren condenas “pre-delictivas”, es decir, sin delito alguno cometido ni en grado de tentativa. El Código Penal vigente hasta diciembre, y que les condenó, contemplaba que eran personas con tendencia a poder cometer delitos en el futuro “por la conducta que observa en contradicción manifiesta con las normas de la moral socialista” (Art. 72 de Código Penal vigente hasta diciembre pasado). Así, se les impusieron penas de 1 a 4 años de prisión sin delito: ni investigado, ni sucedido, ni cometido, ni tentativo. Cada año se ha condenado a prisión a una media de 3.850 personas por esta causa, y el nuevo Código Penal continúa con las medidas predelictivas, como veremos a continuación.
El régimen argumenta entre bambalinas (no se atreve a publicarlo) que ya no condena a presos por predelictiva debido a que han eliminado los artículos 72 al 84 en el nuevo Código Penal. Lo que no dice el gobierno son los artículos introducidos que permiten que todo siga exactamente igual, lo cual explicamos en el siguiente apartado. Una prueba evidente de que todo sigue igual es que, aunque los artículos 72 al 84 del anterior Código Penal han sido eliminados, todos los más de 11 mil condenados por predelictiva y por dichos artículos del Código Penal no han sido exonerados de sus condenas, algo inédito porque ahora estarían condenados supuestamente sin soporte legal en el Código penal actual, pero sí hay soporte legal, pues el régimen ha introducido en el Código Penal nuevas formas de implementar esta medida de idéntica manera que en el pasado.
Sobre cómo se mantiene la Peligrosidad Social Predelictiva en el nuevo Código Penal
No sólo permanecen condenados por predelictiva los jóvenes que fueron condenados antes de diciembre de 2022. En el nuevo Código Penal, que entró en vigor el pasado 1 de diciembre de 2022, se mantiene intacta la capacidad de condenas predelictivas, o sin delito. Así, el artículo 434.1. de este nuevo Código Penal indica que:
“La autoridad competente del Ministerio del Interior puede advertir oficialmente a quien de forma reiterada realice acciones que la hagan proclive a delinquir o a quebrantar el orden social y constitucional”
Esta advertencia se convierte inmediatamente en una condena penal gracias a los nuevos artículos introducidos para ello, como el artículo 189.3., que dispone hasta 1 año de prisión por no atender dichas advertencias, fijadas por el art. 434.1., de ser “proclive a delinquir o a quebrantar el orden social y constitucional”.
Lógicamente, estas penas se aplican, desde la adolescencia, a todos aquellos que osen mostrar desafecto por las políticas gubernamentales. También se emplean para satisfacer actos represivos personales y abusos de poder de tipo local, ideológico o político. Todos estos casos, gracias al nuevo Código Penal, se dirimen de forma sumaria mediante Atestado Directo (ES / EN / FR), un proceso policial sin posible defensa, como hemos explicado en nuestro anterior informe mensual. El mero informe de las autoridades policiales indicando una “conducta inadecuada” permite, sin delito alguno, encarcelar de forma sumaria año tras año, por decisiones inmediatas y sin posible defensa, a más de 3.850 personas condenadas cada año por esta sola causa en el país, para sumar una cifra estacionaria de 11 mil personas condenadas por su hipotética “peligrosidad predelictiva antisocial” en la Cuba actual.
[1] Infobae – La dictadura cubana citó a declarar a una nena de 3 años, hija del preso político Idael Naranjo: “Que a mi hija no le pase nada porque va a ser culpa del gobierno”:
https://www.infobae.com/america/america-latina/2023/08/07/la-dictadura-cubana-cito-a-declarar-a-una-nena-de-3-anos-hija-del-preso-politico-idael-naranjo-que-a-mi-hija-no-le-pase-nada-porque-va-a-ser-culpa-del-gobierno/
Diario las Américas – Madre cubana advierte peligro para su familia tras citación de Policía a su hija de 3 años:
https://www.diariolasamericas.com/america-latina/madre-cubana-advierte-peligro-su-familia-citacion-policia-suhijade3anos-n5340918
[2] Artículo 191.e “Causas de privación de la responsabilidad parental” del nuevo Código de las Familias de Cuba:
https://drive.google.com/file/d/17HHYD6xRbNi6vQN6gwBnu_gB-M2kqJPI
[3] Carta de D. Javier Nart a la Ex Embajadora de Cuba en Bruselas:
https://drive.google.com/open?id=1JYQNnjhgcuQ7WRQeUTSCFCcxKWQh_M20
[4] Trade Sanctions Reform and Export Enhancement Act of 2000 (TSRA; P.L. 106-387, Title IX)