La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) falló a favor de que las personas puedan cambiar de edad modificando su fecha de nacimiento en sus documentos de identificación, para así reflejar su “verdad personal”.
En una sentencia difundida este 3 de diciembre, la Primera Sala de la SCJN se pronunció sobre una controversia sobre el artículo 1193 del Código Familiar del Estado de Sinaloa, que permitía el cambio de fecha de nacimiento “siempre y cuando la que vaya a establecerse sea anterior a la del registro”.
Para la Primera Sala de la Suprema Corte “es viable admitir que la variación de la fecha de nacimiento también procede cuando sea posterior a la establecida en el registro”.
Los ministros justificaron su decisión en que “el artículo 4o., párrafo octavo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos reconoce el derecho a la identidad de las personas y establece la obligación de las autoridades de garantizarlo”.
“En ese sentido, si ante la sociedad una persona se ha identificado constantemente en sus actos privados y públicos con una fecha de nacimiento, entonces ello forma parte de su biografía, de su ‘verdad personal’”.
Para la Suprema Corte, “la identidad se construye durante toda la vida del ser humano, comprendiendo elementos y aspectos que van más allá de la ‘verdad biológica’”.
En declaraciones a ACI Prensa, Marcial Padilla, director de la plataforma provida y pro familia ConParticipación, señaló que “cuando la Corte resuelve que se puede cambiar la edad, lo que está haciendo es ser congruente con otros criterios también absurdos que ya había presentado”.
“Es decir, si el sexo biológico no es lo que determina que seamos hombre o mujer, sino aquello que nos sentimos, pues era cuestión de tiempo para que la Corte resolviera también en otros temas, por ejemplo la edad”, dijo.
Padilla advirtió que la Suprema Corte “al rato va a decir que cada quien puede identificarse con la estatura que desee o con la nacionalidad que desee. O va a poder incluso decir que alguien se puede identificar con otra especie”.
Para el Director de ConParticipación, “lo que nos sorprende es que no solamente propone algo que es totalmente absurdo y contrario a la realidad, sino que lo afirma con una seriedad que preocupa”.
“Esto genera una gran incertidumbre jurídica en el país, porque los registros del acta de nacimiento y todos los documentos del Registro Civil sirven para sustentar los datos objetivos”, explicó.
“Con esta resolución de la Corte, de pronto nuestros documentos nada más se van a convertir en un diario de nuestras emociones y eso es muy peligroso”, advirtió.
Redacción de la noticia, David Ramos, ACI Prensa