Contraloría General de la República informó de un grave delito: El Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas (INEN) tiene vigente un Convenio de Cooperación suscrito con el Sindicato de Biólogos del INEN (SIBIOINEN) y el Comité de Administración de los Fondos de Asistencia y Estímulo (CAFAE) para darles la administración y uso temporal de varios espacios y ambientes de la institución especializada en dar atención integral de pacientes oncológicos, por el cual ya obtuvieron ingresos por S/ 4 820 478, a pesar de estar prohibido por la normativa vigente.
El
Informe de Orientación de Oficio n.° 021-2026-OCI/3757-SOO, cuyo período de evaluación es del 30 de octubre de 2023 al 31 de julio de 2026, señala que el Convenio de Cooperación entre el INEN, el SIBIOINEN y el CAFAE del INEN se suscribió el pasado 30 de octubre, y mediante una adenda suscrita el 2 de diciembre de 2025, se extendió su vigencia hasta el 2 de diciembre de 2027. Estuvieron involucrados, el jefe institucional del INEN, el secretario general del SIBIOINEN y el presidente del CAFAE del INEN, y fue visada por los representantes de diversas instancias de la entidad.
El objeto del convenio se dio en mérito a las actas de negociación colectiva 2023-2024 y se acordó otorgar al CAFAE del INEN, en administración y uso temporal, diversos ambientes y/o espacios de la entidad como son una oficina administrativa, dos cafeterías, 74 estacionamientos cocheras y otros 22 espacios situados en los pisos 1, 2 y 5 de la institución. Inclusive, el convenio comprometía al INEN a otorgar al CAFAE las facilidades necesarias para el funcionamiento de los equipos que se instalen en los citados ambientes y/o espacios, como suministro de energía eléctrica, agua y desagüe.
En mérito a dicho convenio, el CAFAE del INEN se compromete, entre otros, a usar y usufructuar los ambientes y/o espacios detallados en el anexo del convenio, y el producto de los ingresos que obtenga estará alineado a su finalidad, y se dará al INEN solo el equivalente al 10% de la suma recaudada por el uso de los espacios y/o ambientes entregados, por concepto de conservación y mantenimiento.
PROHIBICIONES
El informe de Contraloría detalla que los alcances de este convenio infringen el Código Civil, que está vigente desde el 14 de noviembre de 1984, y por el cual se establece que los funcionarios y servidores públicos no pueden adquirir derechos reales por contrato, legado o subasta pública sobre los bienes del organismo al que pertenecen y los confiados a su administración o custodia.
La misma prohibición quedó establecida en el artículo 35 Texto Único Ordenado de la Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales (Ley n.° 29151) y añade que “los actos administrativos y contratos que se suscriban, contraviniendo lo dispuesto en ese artículo, son nulos de pleno derecho sin perjuicio de las responsabilidades a que hubiera lugar”. A esto se suma una opinión de la Subdirección de Normas y Capacitación de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, donde se señaló que los CAFAE y SUB-CAFAE no pueden adquirir en cesión en uso a predios de propiedad o bajo administración de la entidad a la que pertenecen, ya que sus integrantes están comprendidos en la prohibición de la Ley n.° 29151.
Como resultado del convenio se suscribieron tres contratos que están vigentes y contravienen el marco legal, toda vez que funcionarios y servidores del INEN, a través del CAFAE del INEN, vienen adquiriendo derechos reales; es decir, cediendo en uso bienes de su propia institución en provecho de ellos mismos, administrando y recaudando ingresos que ascienden a S/ 4 820 478 al 31 de julio de 2026.
Estos graves hechos ameritan la inmediata intervención del Ministerio Público y el Congreso de la República, así como de la Procuraduría del Ministerio de Salud.