En América Latina, la regulación de los fondos de pensiones enfrenta un importante dilema. Bajo objetivos de protección del mercado local o de desarrollo financiero nacional, algunos marcos regulatorios de la región han establecido límites normativos que pueden restringir la diversificación internacional de las inversiones de los fondos de pensiones. Este fenómeno, conocido como “sesgo regulatorio hacia activos domésticos” (home-bias regulatorio), al forzar una sobre-ponderación ineficiente de los portafolios, lejos de proteger al trabajador, está perjudicando de manera directa el monto de sus futuras jubilaciones.
El presente informe evidencia cómo estas restricciones obligan a los gestores a operar en mercados de capitales estrechos y poco profundos, impidiéndoles alcanzar una combinación óptima de riesgo-retorno.
Al no poder diversificar de forma óptima a nivel global, se puede reducir el universo de inversión y afectar la eficiencia riesgo-retorno de los portafolios. Las reformas y debates recientes en distintos países muestran la importancia de evaluar cuidadosamente el uso de incentivos o restricciones regulatorias que orienten los ahorros previsionales hacia objetivos de financiamiento público o desarrollo local.
Si bien estos objetivos pueden ser legítimos, su diseño debe ser compatible con el deber fiduciario de las administradoras y con una adecuada diversificación de los portafolios. De lo contrario, podría incrementarse la exposición de los trabajadores a riesgos macroeconómicos locales: en una crisis doméstica, el afiliado podría enfrentar simultáneamente presiones sobre su ingreso laboral y una disminución en el valor de su ahorro previsional.
Frente a esta problemática, y con base en la experiencia empírica y las recomendaciones de referentes internacionales (OCDE, IOPS, Banco Mundial, Mercer y CFA Institute), este documento articula un conjunto de Principios de Política Pública frente al sesgo regulatorio hacia activos domésticos.
La hoja de ruta propuesta es la siguiente:
- Blindar la integridad fiduciaria contra presiones políticas o necesidades de financiamiento estatal.
- Sustituir límites rígidos por el principio de “persona prudente”, otorgando flexibilidad y exigiendo responsabilidad.
- Establecer un calendario gradual para aumentar la inversión internacional sin desestabilizar el mercado local.
- Racionalizar la inversión obligatoria en deuda del Estado, demostrando que no castiga el bolsillo del trabajador.
- Fortalecer la gestión del riesgo cambiario a través de instrumentos de cobertura (hedging) en lugar de prohibir la inversión en el extranjero.
- Transparentar frente al afiliado el costo y la pérdida de rendimiento que implica no diversificar globalmente.
- Separar el desarrollo del mercado interno de la obligación de mantener el ahorro sujeto a restricciones normativas que limitan su diversificación internacional.
- Atraer inversión a mercado doméstico mediante alianzas público-privadas rentables, en lugar de obligarla.
- Reconocer el profundo impacto macroeconómico de alterar las reglas de inversión de los fondos de pensiones para canalizar recursos a necesidades coyunturales de financiamiento público doméstico.
- Desarticular el “efecto rebaño” (herding) flexibilizando límites para incentivar una verdadera competencia por rentabilidad entre gestoras.
En conclusión, este informe demuestra que la diversificación internacional debe entenderse como una herramienta prudencial, imperativa para el adecuado cumplimiento del deber fiduciario de las administradoras para con sus afiliados, compatible con el desarrollo de mercados robustos.
Estos lineamientos aseguran que el diseño de las políticas públicas previsionales cumpla con su misión primordial: maximizar el patrimonio pensionsal y alcanzar la mejor pensión autofinanciada posible para millones de trabajadores.
Conozca el Documento completo:
https://www.fiapinternacional.org/wp-content/uploads/2026/06/NP-92-ESP-1706.pdf

